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¿Tengo derecho a la prestación por riesgo de embarazo?

La conciliación laboral y familiar resulta aún una utopía para muchas mujeres, viendo cómo interrumpir su actividad laboral durante un período de tiempo por embarazo/maternidad puede
suponer un lastre en su carrera profesional y una pérdida de poder adquisitivo importante.

Una de las medidas de conciliación familiar y laboral más conocidas por las mujeres y sus familias es la prestación por maternidad y paternidad. Pero antes de que se produzca el parto y con intención de proteger la salud de la mujer embarazada y la salud del nasciturus, de los posibles efectos perjudiciales de la actividad laboral, existe desde la Ley 39/1999 5 noviembre, la PRESTACIÓN POR RIESGO DE EMBARAZO (PRE).

La intención de la PRE es proteger económicamente a las embarazadas y madres lactantes, que no puedan seguir en su puesto de trabajo por los riesgos que este supone para su salud y la del feto. Pero en la práctica diaria, en la consulta de una obstetra, vemos como la mayoría de las mujeres no conocen cuáles son los principales riesgos laborales para el embarazo, cuál es el circuito para solicitar la PRE y cuáles son las diferencias con una Incapacidad laboral Temporal (IT).

En una sociedad como la nuestra, con índices de natalidad preocupantes y a la baja, con la edad media de maternidad al alza, problemas de fertilidad cada vez más frecuentes, resulta muy necesaria la protección de la salud laboral durante el embarazo y la lactancia.

¿Conoces la diferencia entre que tu médico de familia te extienda una baja por incapacidad temporal o obtener la prestación por riesgo de embarazo?

Incapacidad Laboral Temporal durante el embarazo

Si cursas un embarazo con complicaciones que requieren reposo, debes ser visitada por tu médicos de atención primaria, este te extenderá una Baja Laboral por Incapacidad laboral, de igual manera que lo haría por cualquier otra enfermedad común como por ejemplo una gripe.

Algunos convenios mantienen el sueldo íntegro de las embarazadas en IT pero otro no, podrías perder parte de tu sueldo cada mes.

Además, como cualquier otra IT, deberás pasar revisiones mas o menos frecuentes con tu médico/a de Atención primaria para prolongar la Baja o darte el Alta para volver a tu puesto de trabajo.

Prestación por Riesgo Laboral (PRE)

Si cursas un embarazo normal, pero tu trabajo comporta riesgos para tu salud o la del bebé, debes dirigirte al departamento de salud laboral de tu empresa, este hará un informe detallado de tu puesto de trabajo y la mutua laboral te debe conceder la Prestación por riesgo laboral.

No es necesario renovarla, dura hasta que nazca del bebé. 

Se respetará tu sueldo al 100%.

Si tienes mas dudas o crees que no se respetan tus derechos como mujer gestante/lactante y trabajadora, mándanos un mensaje y te asesoraremos.

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